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Compra de vivienda

Aval o seguro de caución: cómo comprobar que tu dinero está protegido

Equipo Coovitia · 9 de agosto de 2026

Aval o seguro de caución: cómo comprobar que tu dinero está protegido

Cuando compras sobre plano entregas dinero por una vivienda que todavía no existe. La pregunta que sigue es siempre la misma: si esto sale mal, ¿recupero lo que he puesto?

La respuesta depende de una sola cosa, y es comprobable en diez minutos: que tus aportaciones estén cubiertas por una garantía y que esa garantía exista ya, no que esté prevista.

Qué obliga la ley

La normativa española sobre las cantidades anticipadas en la compra de vivienda —recogida hoy en la Ley de Ordenación de la Edificación, tras la reforma de 2015 que derogó la vieja Ley 57/1968— establece dos obligaciones que van siempre juntas:

  1. Garantizar las cantidades que entregas a cuenta, mediante un seguro o un aval, incluidos los intereses legales.
  2. Ingresarlas en una cuenta especial, separada del resto de fondos de quien promueve, de la que solo puede disponerse para atender el coste de la obra.

Las dos son obligatorias. Una sin la otra deja el sistema cojo: la cuenta especial sin garantía no te devuelve el dinero si el proyecto no llega a término, y la garantía sin cuenta especial hace mucho más difícil demostrar qué entregaste y cuándo.

Aval bancario y seguro de caución: qué cambia para ti

Son dos instrumentos distintos para el mismo fin. La ley admite ambos.

Aval bancarioSeguro de caución
Quién lo emiteUna entidad de créditoUna aseguradora
Qué documento recibesCertificado o línea de avalCertificado individual de seguro
A quién reclamasAl banco avalistaA la aseguradora
Qué cubreLo aportado más intereses legalesLo aportado más intereses legales
Qué comprobarEntidad, número y que estés nominadoCompañía, número de póliza y que estés nominado

Para ti, en la práctica, la diferencia importa menos que el detalle que comparten: el documento tiene que estar a tu nombre y por las cantidades que tú has entregado. Una póliza genérica del proyecto, sin tu certificado individual, no es lo mismo.

Las cinco cosas que debes pedir por escrito

  1. El certificado individual a tu nombre, no solo la póliza marco del proyecto.
  2. La entidad emisora: banco o aseguradora, con su nombre completo.
  3. El importe cubierto, y que coincida con lo que llevas aportado.
  4. El número de cuenta especial en la que se ingresan las aportaciones.
  5. Un justificante por cada aportación, con su fecha e importe.

Guarda los cinco. Si algún día hay que reclamar, lo que decide no es lo que te dijeron, sino lo que puedes demostrar.

Cómo comprobarlo de verdad

Que te enseñen un papel no es lo mismo que verificarlo. Dos comprobaciones que sí lo son:

Las respuestas que deben hacerte parar

Ninguna de estas respuestas significa necesariamente mala fe: a veces es desorden. Pero el desorden con el dinero de cien familias tampoco es una buena noticia.

En una cooperativa, igual pero con un matiz

En una cooperativa las aportaciones se entregan escalonadamente a lo largo del proyecto —de 18 a 24 meses cuando ya está en marcha—, así que la cobertura tiene que ir creciendo con lo aportado. No basta con que hubiera una garantía el primer día: cada nueva aportación debe quedar cubierta.

Pregunta explícitamente cómo se actualiza, y pide el certificado actualizado cada vez que hagas una aportación importante. El resto de partidas que pagas, garantía incluida, están desglosadas en los gastos de comprar una vivienda en cooperativa.

Y si algo va mal

La garantía es exactamente el mecanismo previsto para eso: si la vivienda no se entrega en el plazo pactado, permite recuperar lo aportado más los intereses legales, en los términos de la propia póliza o aval. De ahí que el documento importe tanto, y que convenga leer sus condiciones —no solo tenerlo— antes de seguir aportando.

Estas comprobaciones las haces tú, porque la garantía va a tu nombre y nadie puede pedirla por ti. Lo que sí hacemos si entras a un proyecto por Coovitia es acompañarte mientras las haces y explicarte qué estás mirando: nuestro acompañamiento antes de entrar.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el aval en una vivienda sobre plano?

La obligación legal es garantizar las cantidades anticipadas, y puede cumplirse con un aval bancario o con un seguro de caución, junto al ingreso en una cuenta especial. Lo que no es opcional es que exista alguna de las dos garantías.

¿Cubre también los intereses?

La normativa prevé la devolución de las cantidades entregadas más los intereses legales. Las condiciones concretas están en el propio documento, que conviene leer.

¿Qué pasa si ya he pagado sin garantía?

Que conviene pedirla cuanto antes y dejar constancia escrita de que la has solicitado, además de conservar todos los justificantes de pago. Si no la obtienes, es un buen momento para consultar con un profesional antes de seguir aportando.

¿La cuenta especial es lo mismo que la garantía?

No, son dos obligaciones distintas y complementarias. La cuenta especial separa tu dinero del resto de fondos; la garantía es lo que permite recuperarlo si la vivienda no se entrega.

¿Sirve una póliza a nombre de la cooperativa y no mío?

Lo que acredita tu posición es el certificado individual a tu nombre y por tus importes. Sin él, tienes la palabra de que estás cubierto, pero no el documento que lo demuestra.